**A finales de 2020, el régimen a través de la Asamblea Nacional aprobó una serie de leyes punitivas que se utilizaron para “inhibir” a los candidatos de la oposición.
***El analista político Eliseo Núñez considera que las acciones del régimen, incluida la reforma electoral, forma parte de una “estrategia del gobierno de imponer miedo en la población y organizaciones políticas”.
*Desde su llegada al poder en 2007, el mandatario nicaragüense Daniel Ortega empezó a “socavar la institucionalidad” para mantenerse en el cargo.
Expediente Público
Las restricciones impuestas en la reforma a la Ley Electoral, aprobada el 4 de mayo de 2021 en la Asamblea Nacional, sirvió para sacar de los comicios a la verdadera oposición y anuló por completo la posibilidad de elecciones generales bajo un marco competitivo y transparente. La reforma sirvió para inhibir a los candidatos opositores, dar más control a la Policía Nacional y favorecer a los partidos colaboracionistas.
La socióloga y activista de derechos humanos Haydeé Castillo afirmó que la reforma electoral es el resultado de todos los “instrumentos supuestamente jurídicos” de los que se vino apropiando el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo para consumar el fraude.
La reforma no responde a los parámetros ni estándares solicitados por la Organización de Estados Americanos (OEA), analizó Castillo.
La Ley Electoral y su reforma solo es uno de los instrumentos que le permitirán al régimen legalizar las votaciones, dijo la activista de derechos humanos.
“Se pedía que fuera una Ley Electoral que permitiera unos comicios, por primera vez, auditables, transparentes, observados, donde el pueblo pudiera depositar su voto libremente sin ninguna presión y que hubiera pluralismo político. Hoy asistimos a una farsa electoral que no cumple ninguna de esas condicionantes”, dijo Castillo a Expediente Público.
Para la activista de derechos humanos el régimen preparó el camino para mostrar “una cara legal de sus hechos arbitrarios ante la comunidad internacional y ante el pueblo de Nicaragua”.
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Los cambios en la Ley Electoral, lejos de garantizar unas elecciones que cumplan con los estándares internacionales y ampliar la participación, incorporó reglas que restringen la competencia electoral y el ejercicio de los derechos políticos.
“Las leyes represivas aprobadas a finales del año pasado sumado a la reforma electoral de abril parecían apuntar a un proceso lleno de inhibiciones y con muchos obstáculos que potenciaran la abstención y con eso aumentar el peso específico del partido del régimen, esta aparente estrategia apuntaba a conseguir una legitimidad mínima que le permitiese rearmar su esquema de relaciones internacionales, sin embargo, una vez iniciado el calendario electoral el régimen cambio su objetivo y se decantó por la vía del cierre total de los espacios electorales”, señaló el analista político Eliseo Núñez.
La Ley Electoral incorporó las leyes número 1040, Ley de Regulación de Agentes Extranjeros y la 1055, Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz, lo que dificultó la inscripción de candidaturas de personas identificadas como opositoras al régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo.
El régimen acabó con las aspiraciones presidenciales de Cristiana Chamorro, Arturo Cruz, Miguel Mora, Medardo Mairena, Juan Sebastián Chamorro, Félix Maradiaga y Noel Vidaurre.
La Ley 1055 es la que el Ministerio Público, bajo las órdenes del régimen, utilizó para encarcelar a la mayoría de los precandidatos presidenciales a quienes acusó de “incitar a la injerencia extranjera en los asuntos internos”.
Restricciones dentro de la Ley Electoral
La Ley de Agentes Extranjeros, aprobada el 15 de octubre de 2020, sanciona a personas naturales o jurídicas que reciban algún financiamiento extranjero y cuyos recursos se utilicen para “realizar actividades que deriven injerencia de gobiernos”.
La ley aprobada por la mayoría orteguista en el seno del Parlamento afecta a toda persona que sea considerada como agente extranjero, sean nicaragüenses como de otras nacionalidades que “percibe fondos, bienes o cualquier objeto de valor”.
De igual manera las donaciones que recibieron los “agentes extranjeros”, “no podrán ser utilizados para financiar actividades no declaradas previamente”, o bien ejecutarlas sin registrarlas en el portal web del Ministerio de Gobernación.
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En la legislación electoral, en el artículo 47, inciso 11, el régimen estableció como deber de los partidos políticos “no recibir ningún tipo de financiamiento y donaciones privadas o públicas provenientes del extranjero”, limitando el derecho de percibir fondos para el financiamiento de sus actividades políticas.
El 21 de octubre de 2020 la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó la resolución titulada “Restablecimiento de las instituciones democráticas y el respeto de los derechos humanos en Nicaragua mediante elecciones libres y justas”, en la que demandaban una reforma electoral “significativas y coherentes con las normas internacionales aplicables”, la que el régimen no cumplió.
Posterior a la reforma aprobada, el 6 de mayo de 2021, la OEA señaló en un comunicado que los cambios aprobados en la ley “erosiona, en lugar de fortalecer, un proceso político pluralista que conduzca al ejercicio efectivo de los derechos civiles y políticos de la población”.
El foro regional incluso rechazó la elección de los magistrados que integran el tribunal electoral, debido a que todos son fieles al orteguismo.
Reforma inconstitucional
Daniel Ortega lleva 14 años en el poder y este domingo busca su cuarto mandato consecutivo, junto a su esposa la vicepresidenta Rosario Murillo, que pretende reelegirse por segunda ocasión. Juntos gobernarían entre 2022 y 2026, con opciones de reelección infinita.
Como parte de sus estrategias los diputados sandinistas, que son mayoría en la Asamblea Nacional, aprobaron un artículo en la Ley Electoral en la que inhiben a toda figura de la oposición que les haga contrapeso político.
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El artículo 67 de la Ley Electoral estableció que “no pueden ser inscritos como candidatos o candidatas a los cargos de elección” aquellos nicaragüenses que no “llenen las calidades, tuvieren impedimentos o les fuere prohibido” de conformidad con la Constitución Política y la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros.
El politólogo Pedro Fonseca Herrera, investigador de Urnas Abiertas, considera que el panorama en Nicaragua sigue siendo el mismo a pocos días de la elección y estamos a las puertas de que se concrete un proceso que está “viciado de origen”, que tiene su apoyo en la Ley Electoral impuesta por el régimen.
“Es un proceso que carece completamente de legitimidad y de legalidad porque no se puede regir un proceso electoral con base en una normativa inconstitucional. La reforma hecha por la Asamblea legislativa que funciona, según el régimen, en el año 2021, es una reforma que contradice lo prescrito en la Constitución Política”, explicó Fonseca Herrera a Expediente Público.
El investigador de Urnas Abiertas alertó que la reforma electoral es el primer indicio del nivel de “corrupción y de ilegitimidad” que rodean estas elecciones”.
Un plan doloso contra la democracia
El informe de Urnas Abiertas titulado “Nicaragua Elecciones 2021: Un plan doloso para acabar con la democracia”, señaló que las reformas electorales únicamente favorecieron la “hegemonía del partido de gobierno y limitaron las oportunidades para unas elecciones libres, democráticas y transparentes”
Numerosas organizaciones opositoras de Nicaragua y a nivel internacionales rechazaron la aprobación de las reformas electorales por su fuerte carácter autoritario y antidemocrático.
“No tenemos un árbitro electoral que garantice las condiciones óptimas para un proceso electoral democrático, tenemos un andamiaje estatal que funciona según las directrices de la familia presidencial, la familia del partido de gobierno y, por ende, tampoco contamos con ningún indicio de imparcialidad, de competencia y de respeto a los derechos humanos, ni a las libertades fundamentales”, mencionó Fonseca Herrera.
Otra de las artimañas de la reforma electoral está contenida en el artículo 77 que otorgó poder a la Policía Nacional, institución sancionada por Estados Unidos, para autorizar las “manifestaciones públicas” durante la campaña electoral.
A medida que se acerca la fecha de votaciones como parte de la estrategia del gobierno de “imponer miedo en la población y organizaciones políticas”, la situación se agudizó en el país centroamericano, recordó Núñez.
“La Nicaragua de hoy ya no puede ser considerado un país democrático sino más bien una dictadura, con una tendencia dinástica claramente marcada, que mantiene a la población sometida y bajo represión y asedio permanente, impidiendo el pleno ejercicio ciudadanos de los derechos civiles y políticos establecido en la Constitución Política de la Republica de Nicaragua”, señaló Núñez.
Las tácticas del fraude electoral
Núñez recordó que las denuncias de fraudes electorales en Nicaragua han sido frecuentes desde el año 2000. En todos los procesos ha habido diversos obstáculos desde la formación de partidos políticos hasta los “fraudes físicos de cambio de resultados electorales por diversas vías”.
Desde que en 2007 Ortega volvió al poder puso en marcha un “proyecto político” dirigido a garantizar su permanencia de manera indefinida, recordó el analista político.
“Con este propósito, el actual presidente de Nicaragua comenzó a socavar la institucionalidad democrática a fin de hacerse con el control absoluto de todos los poderes e instituciones del Estado nicaragüense. Esto ha llevado al colapso del sistema electoral y al deterioro de los partidos políticos, puestos que la eliminar la posibilidad de elecciones competitivas deja a los partidos sin su principal razón de ser que es, llegar al poder”, puntualizó Núñez.
Las movilizaciones masivas contra el gobierno en 2018, que fueron reprimidas por la Policía Nacional y los grupos paramilitares, dejaron más de 300 muertos, decenas de miles de exiliados y en la actualidad más de 150 personas son presas políticas.