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¿Qué oportunidades tienen las víctimas de la represión en Nicaragua de acceder a la Corte Penal Internacional?

*Katya Salazar, directora de la Fundación para el Debido Proceso explicó que se deben analizar otros mecanismos para que las víctimas de la represión del régimen sandinista tengan justicia.

**El Estatuto de Roma ha sido ratificado por 111 países desde que fuera aprobado hace doce años y Nicaragua es uno de los cuatro países de América Latina que aún no lo ha ratificado.


Expediente Público

La posibilidad de que la Corte Penal Internacional (CPI) abra una investigación formal por crímenes de lesa humanidad en Nicaragua, igual como ocurrió con Venezuela, no se descarta pese a que el país centroamericano no es signatario del Estatuto de Roma.

Sin embargo, existen otras vías como el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas que podría empujar la apertura de un proceso, pero que no es tan fácil por las condiciones políticas, explicó Katya Salazar, directora de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés).

“El propio Estatuto plantea algunas excepciones que no son tan sencillas de alcanzar, por ejemplo, la posibilidad que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas presente un caso o una situación a la Corte Penal en relación a un país que no es parte del Estatuto de Roma. Eso ya ha pasado en el caso de Sudán y en el caso de Libia, el Consejo de Seguridad presentó esas situaciones a la Corte Penal Internacional y esta abrió investigación”, señaló Salazar durante una entrevista en el programa Café con Voz.

Sobre el ejercicio de competencia del Estatuto de Roma, el artículo 13 establece que el Consejo de Seguridad puede remitir al fiscal de la CPI una situación en que parezca haberse cometido crímenes que son competencia de esta Corte.

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“Se podría pensar en algo así para Nicaragua, sí se podría pensar, pero evidentemente tenemos una dificultad práctica política que es la integración del Consejo de Seguridad, ahí está China, ahí está Rusia. Difícilmente me puedo imaginar que el Consejo de Seguridad vaya a aprobar por consenso una decisión de este tipo”, dijo Salazar.

El Consejo de Seguridad puede tomar decisiones y obligar a los miembros a cumplirlas, de acuerdo a lo establecido por la Carta de las Naciones Unidas.

El caso de Venezuela ante la CPI

El 3 de noviembre de 2021, el fiscal Karim Khan firmó un memorándum de entendimiento con el presidente venezolano Nicolás Maduro, iniciando así con el proceso de las investigaciones, para lo cual el Estado se comprometió a colaborar con el grupo de la CPI que se estableció en Venezuela, una nueva etapa que no tiene lapsos preestablecidos.

Venezuela ratificó el Estatuto de Roma el 7 de junio de 2000 lo que garantiza que la CPI pueda ejercer su jurisdicción sobre los crímenes del Estatuto de Roma cometidos en el territorio de Venezuela.

“Este tratado se aplica solamente a Estados, a personas nacionales de los países que han suscrito el Estatuto de Roma, se aplica a hechos, a delitos cometidos después de la entrada en vigencia del Estatuto de Roma, en fin, hay una serie de reglas que van achicando el espectro de aplicación del tratado”, agregó Salazar.

La CPI es un órgano que investiga y, cuando se comprueba, juzga a las personas acusadas de los crímenes más graves que preocupan a la comunidad internacional: genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y el crimen de agresión sin pretender sustituir a los órganos jurisdiccionales nacionales.

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“Es una corte internacional cuyo mandato es investigar, procesar y sancionar a aquellos responsables de ciertos delitos que la humanidad, que la comunidad internacional ha considerado delitos terribles y que por esa razón afectan a toda la humanidad, no solamente a las víctimas”, mencionó la directora de la Fundación para el Debido Proceso.

El camino recorrido por Venezuela

El 27 de septiembre de 2018, la Fiscalía de la CPI recibió una remisión de seis Estados partes del Estatuto de Roma para la apertura de una investigación contra el gobierno de Venezuela por la presunta violación de los derechos humanos del pueblo venezolano desde el 12 de febrero del año 2014.

Argentina, Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú de conformidad con el artículo 14 del Estatuto de la CPI solicitaron al Fiscal que iniciara una investigación sobre los crímenes de lesa humanidad presuntamente cometidos en el territorio de Venezuela, por lo que se asignó la “Situación en la República Bolivariana de Venezuela” a la Sala de Cuestiones Preliminares I.

Posteriormente, el 19 de febrero de 2020 el caso fue reasignado a la Sala de Cuestiones Preliminares III, debido a que se concluyó que existe una base razonable para creer que los crímenes de lesa humanidad, particularmente en el contexto de la detención, se han cometido en Venezuela desde al menos abril de 2017.

“¿Cuál es la orientación que puede tener esta investigación? Es lo que en este momento van a tratar de determinar, que si el Estado está en capacidad por sus propios medios de asumir digamos el enjuiciamiento de las personas que estarían implicadas en los patrones sistemáticos de represión que son los que configuran un crimen de lesa humanidad”, señaló Javier Mayorca, periodista venezolano.

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Desde el último trimestre de 2018 a la fecha, según Mayorca, no hubo mayor involucramiento por parte de Estado, sino que la Fiscalía avanzó con base en informaciones recabadas por organizaciones no gubernamentales, incluso las denuncias que las propias víctimas presentaban ante la Corte Penal Internacional.

Otras vías para Nicaragua

La directora de la Fundación para el Debido Proceso reconoció que en Nicaragua “lo que ha ocurrido son crimines de lesa humanidad” como lo han dicho otras organizaciones internacionales de derechos humanos.

“Sobre eso no hay ninguna duda, lo que viene ocurriendo en ese país son violaciones de derechos humanos, el poder judicial es el brazo, el poder legal, del poder político, es un cuadro dramático”, señaló Salazar.

Pese a que Nicaragua no es firmante del Estatuto de Roma y es casi nula la posibilidad de que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas presente el caso ante la CPI, existen otras posibilidades como la que otorga la jurisdicción universal para que las víctimas de la represión en el país centroamericano puedan conseguir la justicia que el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo le han negado.

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La jurisdicción universal es un mecanismo que ayuda a la lucha contra la impunidad derivada de la comisión de crímenes internacionales, involucrando a tribunales de otros Estados para que ayuden a la investigación.

“Existe el mecanismo de la jurisdicción universal a través del cual en terceros países se podrían iniciar procesos penales. Hasta donde yo sé hasta ahora en ningún país se ha iniciado un proceso por jurisdicción universal y esta es una asignatura pendiente y en tercer lugar otra vía que no se puede descartar, o sea además de la Corte Penal internacional, además del uso de la jurisdicción universal también hay que explorar qué más puede hacer el Consejo de Derechos Humanos, fue quien creó la misión de determinación de los hechos para Venezuela y ha jugado un rol muy importante”, manifestó Salazar.

La directora de la Fundación para el Debido Proceso, sin embargo, explicó que no es “un buen ejercicio poner todas las expectativas o todas las esperanzas en la Corte Penal internacional” tanto para Nicaragua como Venezuela.

“Se podrían lograr algunas condenas, pero realmente lo que queremos aquí más allá de condenas es cambios estructurales en el país, alternancia en el poder”, puntualizó Salazar.

En el caso venezolano a juicio de Mayorca el Estado tratará de generar una narrativa que “desestimule el proceso que inicia ahora la Fiscalía ante la Corte Penal Internacional”.

Según Amnistía Internacional el Estatuto de Roma supone también un compromiso firme de apostar por el cumplimiento de las obligaciones internacionales en la lucha contra la impunidad y la reparación de las víctimas.