En un lapso de seis meses el aparato legislativo sandinista creó un coctel de leyes represivas para silenciar los remanentes de resistencia ciudadana en Nicaragua.
Expediente Público
Con una sola institución en el sector justicia que estuviera funcionado correctamente no estaría pasando lo que pasa hoy, argumenta Carlos G., abogado independiente que tuvo que exiliarse de Nicaragua por razones de inseguridad social, económica y política que azotan al país centroamericano bajo la represiva administración de Daniel Ortega y Rosario Murillo.
Un gran sector de la sociedad, particularmente empresarios y políticos no le dieron la importancia a la institucionalidad en el tema de justicia, explica el jurista.
Una evidencia del sometimiento de las instituciones judiciales al Poder Ejecutivo ocurrió el 23 de junio 2021, después de 35 días sin apariciones públicas del presidente Daniel Ortega y su esposa la vicepresidenta Rosario Murillo.
Ortega reapareció para brindar un discurso con motivo del natalicio del cofundador del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), Carlos Fonseca, y dijo que los presos de las redadas de junio no eran candidatos y no estaban detenidos por razones políticas, sino, porque “son criminales que atentan en contra del país, en contra de la seguridad y en contra de la vida de los ciudadanos”.
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Es decir que Ortega violó el principio universal de presunción de inocencia que establece tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas, como la Constitución Política de Nicaragua.
Para Claudia Paz, directora para Centroamérica y México del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), Ortega no puede decir quién es condenable o culpable de un delito: “En ningún país democrático el presidente dice si son culpables o inocentes, esa es una tarea por fuera totalmente de sus funciones, le corresponde al Ministerio Público imputar y al tribunal sancionar, no es la palabra del Ejecutivo la que determina culpable, libre o encarcelado. Esa demostración del más claro autoritarismo es lo que nos preocupa como Cejil”.
No están acusados
Carlos G., uno de los abogados independientes que se exilió en junio por el incremento de las amenazas de voceros del régimen nicaragüense, explicó que, de los 21 presos entre finales de mayo y junio, solo la precandidata presidencial independiente Cristiana Chamorro Barrios está siendo acusada por lavado de dinero, falsedad ideológica de documentos y gestión abusiva; los demás están detenidos mientras son investigados.
En el caso de Chamorro se ha restringido el principio de publicidad, por lo que se desconocen los elementos de la acusación y solo se sabe que tiene casa por cárcel por lavado de dinero.
A los 21 líderes opositores, periodistas, empresarios y precandidatos se les impuso 90 días de cárcel mientras siguen las investigaciones por la Fiscalía.
Con el resto de detenidos “no hay ninguna prueba para estos crímenes (señalados por Ortega), el Ministerio Público no ha hecho ninguna investigación sólida que fundamente, por ejemplo, las acusaciones sobre el lavado de activos o la imputación de la Ley de Soberanía, que vulnera los estándares internacionales porque los tipos penales son totalmente abiertos, cualquier afirmación entra dentro de las conductas supuestamente prohibida por esta ley, pero ni aún con este tipo de tipos penales abiertos (hay evidencias). Las investigaciones penales tienen que hablar por sí mismas, no hay sustento a lo dicho por la fiscalía, menos lo dicho por el presidente”, analizó Paz.
Los líderes políticos detenidos en junio están en carácter de investigados, gracias a la Ley 1060 del 2 de febrero de 2021 que reforma el Código Procesal Penal, al crear “audiencia de garantía” que permite que el Ministerio Público solicite hasta 90 días de detención de un sospechoso mientras se recopila evidencias pasa sustentar una posterior acusación.
En contra de 20 de los recientes opositores detenidos, el régimen a través de los fiscales les acusan de «traición a la patria», con la llamada Ley de los Pueblos, por supuestamente gestionar sanciones con la comunidad internacional contra funcionarios y el gobierno de Ortega y Murillo.
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Represión legalizada en pocos meses
La mayor parte del marco legal que está aplicando el gobierno de Ortega contra los opositores fueron aprobados entre el último trimestre de 2020 y el primer trimestre de 2021, recordó el jurista en el exilio.
La Ley de Agentes Extranjeros, aprobada el 15 de octubre de 2020, está destinada a limitar a las organizaciones no gubernamentales por medio del Ministerio de Gobernación. Ahí son vulnerables gremios de abogados, periodistas, mujeres, defensores de derechos humanos, médicos independientes y politólogos.
La Ley de Ciberdelitos del 27 de octubre de 2020 criminaliza el ejercicio periodístico, pero también la filtración de documentos oficiales y establece sanciones penales para periodistas en función, activistas de redes sociales y funcionarios de todos los niveles que puedan desertar y ser criminalizados.
La Ley de Soberanía o Ley Pueblo permite restricciones de libertad y derechos políticos, sociales y económicos con el objetivo de extraerlos de la palestra pública y en el caso de los precandidatos, para que no hagan campaña ni gestiones.
Sin embargo, la jurista exiliada Ana H. explicó que si la ley entró en vigencia el 21 de diciembre de 2020, en el estricto cumplimiento de la norma las acusaciones se deben basar en acciones cometidas entre febrero a junio del año 2021.
Explica que si previo a la entrada en vigencia de la ley, los hoy detenidos fueron a la Organización de Estados Americanos u otros foros a demandar sanciones o acciones prohibidas en esta ley, esta no sería aplicable porque lo haría de manera retroactiva y eso violaría el debido proceso penal.
La ley remite a los delitos vigentes en tres capítulos del Código Penal relativos a traición a la patria, contra la paz o contra la Constitución, cuyas penas oscilan entre los dos y quince años de prisión, en caso que los investigados sean acusados y condenados.
Coordinación para legitimar abusos
Según el abogado Carlos G., las capturas de junio 2021 no rompen el principio de presunción de inocencia, técnicamente, pero se dan con un patrón de represión similar al 2018.
“Hay países que tienen ese tipo de figura legal, pero tienen altos estándares democráticos y de justicia, donde un juez puede rechazar una petición de la Fiscalía, pero en Nicaragua es inconcebible que haga eso”, observó.
“Por otra parte, hubo una reforma procesal en 2001 que estableció que primero se investiga y después se detiene, pero las instituciones que conforman el sistema de justicia penal en Nicaragua son extremadamente frágiles y no soportan la presión a la que están siendo sometidas actualmente porque no tienen independencia”, agregó el jurista.
Ana H. explica que las instituciones para administrar justicia son imprescindibles en un Estado de Derecho de un país democrático y la coordinación técnica ente jueces, fiscales y policía no es ilegal para realizar investigaciones, “lo ilegal es usar estas leyes de manera arbitraria, irrespetando garantías consignadas en las mismas leyes”.
La abogada indica que la Constitución y el Código Procesal Penal nicaragüense son eminentemente garantistas y establecen el respeto a las personas que son procesadas, investigadas o acusadas. “Es un deber de jueces, fiscales y policía respetar eso”, dijo.
“Esa coordinación interinstitucional que por ley existe fue deformada con fines exclusivamente políticos para favorecer al régimen de turno, por medio de acusaciones infundadas, casos insólitos, penas elevadas, uso de figuras legales indiscriminadas contra los presos políticos, en los casos donde las víctimas eran percibidas como adversario del Gobierno no se daba trámite o investigaba”, recordó la abogada.
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Fábrica de delitos, pruebas y acusaciones
Expediente Público y otros medios publicaron investigaciones que explicaba que dentro del Ministerio Público se creó desde 2018 una comisión específica para crear acusaciones contra los manifestantes.
“Es obvio que esa comisión se volvió a activar, los fiscales de forma voluntaria y comprometida no van a hacer algo que vaya contra lo que digan sus jefes, existe una política de premios y castigos desde 2018, hay ascensos que buscan quienes actualmente persiguen a opositores y periodistas independientes”, consideró Carlos G.
Ana H. fue funcionaria y ha tenido que confrontar a excolegas: “muchos de ellos tuvieron la misma preparación que yo, otros quizá una capacitación superior, te das cuenta que no desconocen las leyes, deben tener otras motivaciones, quizá ideológicas o personales. Ellos sabrán su decisión”.
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“Creo que estos operadores actuales se han desconectado de los principios que establece la Constitución Política, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley Orgánica del Ministerio Público, todos los reglamentos y organigramas de la Defensoría Pública y la Policía, se han desconectado de todo el deber ser, autonomía, independencia, justicia y respecto a la constitución, ahí están y se desconectaron de todo eso”, precisa la abogada. Para Claudia Paz y Paz, la vía legal y pacífica que les queda a los opositores es la internacional, para denunciar lo que está ocurriendo en Nicaragua como parte de la comunidad internacional; en el caso de Félix Maradiaga, su caso está en la Corte Interamericana de Derechos Humanos que Nicaragua está obligado a reconocer, concluyó Paz.