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La “extinción de dominio”, el arma del régimen que resucita las confiscaciones en Nicaragua

*Una reforma incorporaría esa figura jurídica en el Código Penal y se convertirá en una “herramienta de persecución política”, afirmó el abogado penalista y exfiscal departamental del Ministerio Público, Boanerges Fornos.

**Así se revive el tema de las confiscaciones de los años ochenta ocurridas en Nicaragua que costó US$1,279 millones de dólares al país centroamericano, de los cuales US$447 millones se pagaron a ciudadanos estadounidenses a través de la dispensa del “Waiver”.


Expediente Público

En la época de los ochenta, durante el primer gobierno sandinista en Nicaragua, se confiscaron miles de propiedades, con graves consecuencias para la seguridad jurídica, para los nicaragüenses que vieron afectados sus patrimonios y para las finanzas estatales, que debió erogar sumas millonarias para compensar los daños. Hoy en día el temor está latente de que la historia vuelva a repetirse, debido a que el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, en su afán por mantener el control y su estrategia de represión, pretenden aprobar una reforma del Código Penal para implementar la figura de “extinción de dominio” en el país centroamericano.

La figura jurídica que usará el régimen como “pena accesoria” contra quienes sean condenados por delitos de “traición a la patria” fue incluida en el informe que elaboró la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos en conjunto con la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, y que fue aprobado por 77 legisladores el 4 de mayo de 2022.

El abogado penalista y exfiscal departamental del Ministerio Público, Boanerges Fornos, explicó a Expediente Público que la extinción de dominio es una figura importante, pero en sistemas donde se respeta el Estado de derecho y donde existe un “equilibrio de poderes”.

“Es una herramienta importantísima para combatir y perseguir los bienes que han sido adquiridos provenientes de actividades ilícitas, ya sea provenientes de narcotráfico, de lavado de dinero o de actos de corrupción de funcionarios públicos”, explicó Fornos.

La sanción que se pretende adicionar al Código Penal será un instrumento que utilizará el régimen “para perseguir los bienes de los opositores”, dijo Fornos.

“Es simplemente una herramienta más de persecución política (…) Es un mecanismo más de represión. Nicaragua en estos momentos no está preparada para tener procesos de extinción de dominio por el manoseo institucional que tiene el sistema de justicia, pero en un Estado de derecho es un proceso necesario”, explicó el exfiscal departamental del Ministerio Público.

Conflicto con la Constitución Política

El texto del informe indica que la extinción de dominio también se aplicará en aquellos “delitos que comprometen la paz, delitos contra la Constitución Política y conexos, así como aquellos que fueron beneficiados con bienes entregados por el Estado”.

La presidenta del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Vilma Núñez, explicó a Expediente Público que todo el proceso de consultas, incluso la redacción del informe, la presentación y aprobación en el plenario de la Asamblea Nacional son “mecanismos para sembrar el terror” en el país centroamericano que vive una profunda crisis sociopolítica desde 2018.

“Es una forma de sembrar el terror, el miedo, la persecución, hacerte gastar energías para estudiar posibilidades. Es parte de la represión, definitivamente, y parte de decir ‘aquí hacemos lo que nos da la gana’”, mencionó Núñez.

Aunque la defensora de derechos humanos se muestra escéptica ante una posible reforma al Código Penal, insistió que si la Asamblea la implementa tendría roces con la Constitución Política de Nicaragua.

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“Prácticamente con otras palabras es una confiscación. Pienso que de llegarse a aprobar tendría que recurrirse por inconstitucionalidad, porque contradice completamente el artículo de la Constitución de Nicaragua donde está prohibida la confiscación. La confiscación no la pueden poner de ninguna manera, ni de forma administrativa, ni como pena. Es inconstitucional, aunque aquí definitivamente cualquier análisis escapa al análisis jurídico”, mencionó la defensora de derechos humanos.

Un abogado de presos políticos, que habló con Expediente Público bajo anonimato, señaló que la Asamblea pretende aprobar una “prohibición constitucional que se llama confiscación”.

“Ellos están buscando una forma de legalizar algo que está prohibido por la misma Constitución. El derecho a la propiedad es un derecho constitucional y en este caso las únicas pretensiones que yo puedo ver es que tratan de apropiarse de lo que no les corresponde”, dijo el abogado.

Confiscaciones en los ochenta

El 20 de julio de 1979, la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional aprobó el Decreto número 3, para confiscar todos los bienes de la familia Somoza, militares y funcionarios que abandonaron el país a partir de 1977, una situación que fue aprovechada por los sandinistas que llegaron al poder, tras la caída de Anastasio Somoza Debayle.

El decreto 760, del 19 de julio de 1981, también permitió la apropiación por parte del Estado de los bienes muebles o inmuebles, títulos, valores y acciones, de cualquier naturaleza de aquellos propietarios nicaragüenses, que se habían ausentado y no regresaron después de seis meses al país.

En la década de los ochenta, durante el primer gobierno sandinista, entre marzo y abril de 1990, también se aprobaron tres leyes (85, 86 y 88), como un último intento de legalizar las propiedades confiscadas, urbanas y rurales, además de un buen número de empresas industriales y comerciales que fueron expropiadas.

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Se estima que el Estado pagó US$1,279 millones a todos los reclamantes confiscados desde 1993 hasta 2014, según datos que en la época brindó la Procuraduría General de la República (PGR).

En la década de los noventa un importante número de nicaragüenses que habían salido del país y se nacionalizaron como ciudadanos estadounidenses regresaron a reclamar sus bienes.

El gobierno de Estados Unidos en defensa de sus ciudadanos aprobó desde el año fiscal 1994-1995 una dispensa, mejor conocida como “waiver” de la propiedad que derivó en una carga fiscal para el país centroamericano.

La dispensa fue aprobada con base en la Sección 527 de la Ley de Autorización de las Relaciones Internacionales de los años fiscales 1994 y 1995, la cual prohíbe la asistencia y apoyo de los Estados Unidos a los países que no brinden a los ciudadanos estadounidenses un mecanismo adecuado para resolver sus reclamos pendientes de propiedades confiscadas.

Hasta el 1 de agosto del 2005 se registraron en la Embajada un total de 3,166 reclamos, según información oficial publicada en su sitio web.

Nicaragua pagó US$447 millones a ciudadanos estadounidenses por sus propiedades confiscadas durante el primer régimen sandinista en la década de los ochenta.

Entre julio del 2014 y julio del 2015, previo a que el gobierno de Estados Unidos levantara las restricciones legales, se resolvieron 30 reclamos de propiedad pertenecientes a 16 ciudadanos estadounidenses.

El 5 de agosto de 2015, Estados Unidos anunció el fin de la dispensa que anualmente fue renovada a Nicaragua.

“El levantamiento de estas restricciones, significa que el otorgamiento de esta dispensa o ‘waiver’ anual ya no será necesario”, señaló la embajada en una nota.

Nicaragua caería en el mismo “círculo vicioso”

Con el levantamiento del «waiver» de la propiedad, Nicaragua quedó libre para recibir préstamos de organismo financieros.

La reforma al Código Penal que impulsan los diputados sandinistas, sin el apoyo de la bancada del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), revive las viejas heridas de las confiscaciones de los años ochenta y pondría al país una nueva carga fiscal, señaló el abogado de presos políticos que habló bajo anonimato.

“Si llega un momento que se implementa esa ley y empiezan a confiscar de una forma legal. Entonces, eventualmente, esa gente cuando venga otro gobierno le va a decir ‘el Estado me causó daño, el Estado me tiene que pagar’. Volvés al mismo círculo vicioso”, mencionó el experto en derecho.

El exfiscal departamental del Ministerio Público considera que esa figura podría ser la “justificación legal” del régimen para “proceder a confiscar propiedades de opositores”.

“Es algo que eventualmente puede pasar, vamos a trasladar nuevamente otra carga hacia los ciudadanos nicaragüenses, porque al final a una persona que le confiscan sus propiedades el Estado debe repararla, pero el Estado de algún lugar debe sacar esos recursos y esos recursos los ponemos todos los nicaragüenses con el pago de impuestos”, dijo Fornos.

Agregó que, una vez aprobada e implementada la reforma, el régimen está en la obligación de aclarar “cuál va a ser el destino” de los bienes de ciudadanos a quienes se les aplicará la extinción de dominio.

El 26 de diciembre de 2021, el régimen ocupó arbitrariamente la propiedad donde funcionaba la embajada de Taiwán en Nicaragua, tras la abrupta cancelación de relaciones diplomáticas con la isla el 10 de ese mismo mes. La propiedad fue entregada a China, después de conocerse la intención de Taiwán de donarla a la Arquidiócesis de Managua de la iglesia católica.

El 24 de abril de 2022, el régimen también se tomó las oficinas que la Organización de Estados Americanos (OEA) alquilaba a un tercero en Managua y declaró el bien inmueble de “utilidad pública”, resucitando así el fantasma de las confiscaciones.