*Pese a la aprobación de un nuevo marco legal y de una Unidad de Política Limpia, los esfuerzos por regular las aportaciones que reciben los partidos políticos chocan con restricciones que impiden conocer quiénes son los aportantes privados y ejercer acciones en aras de la transparencia y rendición de cuentas.
Expediente Público
En 2015, un año después de que trascendiera el mega escándalo de corrupción de la empresa de construcción brasileña Odebrecht, acusada de sobornar a funcionarios públicos y a políticos a través del financiamiento de campañas electorales en varios países de América Latina para asegurar la obtención de contratos gubernamentales, estalló en Honduras el mayor desfalco en una institución de servicio público conocido hasta ahora.
Se calcula que más de 7,000 millones de lempiras (unos 335 millones de dólares al cambio de la época) fueron saqueados del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).
“El desfalco en el IHSS desató la indignación colectiva, al trascender dos aspectos: primero, una declaración del expresidente (Porfirio) Lobo Sosa señalando que conocía del problema, pero calló para no afectar el triunfo electoral del Partido Nacional”, en las elecciones generales de 2013.
Y dos: “el reconocimiento del presidente (Juan Orlando) Hernández de que algunos de los fondos del saqueo pudieron ser usados para financiar su campaña”, relata el libro Encrucijadas de la Democracia en Honduras y América Central.
Ante las protestas masivas que exigían la renuncia de Hernández y la instalación de un organismo similar a la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), el 19 de enero de 2016 el gobierno hondureño y la Organización de Estados Americanos (OEA), firmaron el acuerdo que establecía el mandato por los próximos cuatro años de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih).
Una ley de 2004 de aplicación limitada
Las líneas de acción de la Maccih se resumen en la prevención y el combate a la corrupción, la seguridad pública, la reforma de la justicia penal y la reforma político-electoral.
En abril de ese año, la Misión comenzó a trabajar con la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso Nacional en el dictamen de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos, más conocida como Ley de Política Limpia.
En ese momento, el marco legal relacionado con el financiamiento político estaba regulado por la Constitución y la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas (LEOP) de 2004, que establecía el derecho de los partidos a “disfrutar de las prerrogativas y recibir financiamiento público y privado en los términos establecidos”.
Esos términos eran la prohibición de aceptar contribuciones o donaciones anónimas (excepto las obtenidas en colectas populares), las que provinieran de funcionarios y empleados públicos (sin previa autorización de estos), de miembros de empresas mercantiles vinculadas con actividades ilícitas o que tuvieran concesiones con el Estado, así como recibir subvenciones o subsidios provenientes del extranjero.
Pero la aplicación de esa ley era limitada debido a la falta de una instancia especializada de fiscalización, la carencia de recursos humanos, económicos y logísticos y la ausencia de un sistema de sanciones, como expuso en septiembre de 2016 en un foro sobre financiamiento electoral el vocero de la Maccih, Juan Jiménez Mayor.
El financiamiento electoral ilegal es “el germen de la corrupción en las Américas”, dijo también el abogado peruano. Y como quedó evidenciado con el desfalco al IHSS, Honduras no es la excepción.
Finalmente, en octubre de 2016 el Congreso Nacional aprobó la Ley de Política Limpia, que fue sancionada tres meses después por el Ejecutivo, lo que impidió su aplicación en las elecciones primarias de marzo de 2017.
Una reforma político-electoral en retroceso
Pero la “ley poderosa” de la que hablaba Jiménez Mayor para “desterrar las alianzas oscuras entre el dinero sucio que pretende ingresar a la política”, no incluía dos puntos que eran su propósito central: la prohibición a las contribuciones provenientes de empresas que tengan concesiones con el Estado y a las vinculadas con actividades ilícitas, que sí estaban contempladas en la ya derogada LEOP.
Mediante una fe de erratas se agregó la prohibición a recibir contribuciones o donaciones de empresas mercantiles asociadas con actividades ilícitas, pero no se incluyó la atinente a los aportes de empresas mercantiles con contratos de concesión con el Estado.
Una omisión preocupante, “en especial cuando las evidencias indican que es a partir del financiamiento de este tipo de empresas que se articulan redes de corrupción pública-privada, las cuales se refuerzan y amplían cada cuatro años en los procesos electores. Estas redes de corrupción constituyen canales idóneos para el lavado de dinero proveniente del narcotráfico y del crimen organizado”, indica el informe de la Ley de Política Limpia, una evidencia del boicot de la élite hondureña a reformas electorales sustantivas del Centro de Estudio para la Democracia (Cespad).
El documento menciona también que “una vez más, la élite hondureña ha tenido la capacidad de reducir al mínimo el contenido de las reformas planteadas por la Misión, al grado que el contenido de la Ley de Política Limpia ha quedado muy lejos de su intención original. Más bien, la élite ha aprovechado este proceso para retroceder en normativas ya existentes para enfrentar la corrupción política”.
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En secreto los datos de los aportantes
La nueva ley para el financiamiento político pone un límite a las aportaciones de las personas naturales, instituye registros de contribuciones privadas y establece la obligación de informar sobre sus ingresos y gastos.
También crea sanciones como la suspensión de la personería jurídica a un partido político y la figura de la inelegibilidad sobrevenida para los candidatos cuya campaña sea financiada con dinero ilegal, prohíbe el proselitismo en actos de inauguración de obras y suspende la publicidad estatal durante el tiempo que dure la campaña electoral.
En abril de 2018, el IAIP clasificó como “información reservada” los datos personales de los aportantes privados a una campaña en cualquier nivel electivo, así como las bases de datos que tengan que ver con los aportes financieros.
La ironía es que la solicitud de reserva de esos datos fue hecha por la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización (UFTF), creada por recomendación de la Maccih para hacer cumplir la Ley de Política Limpia.
Fue Kelvin Aguirre, afiliado al Partido Nacional (PN), quien presentó en calidad de comisionado coordinador de la UFTF la solicitud para que se aprobara como reservada información sobre aportes financieros. Aguirre funge ahora como comisionado en el Consejo Nacional Electoral (CNE).
La UFTF, conocida también como Unidad de Política Limpia, es la encargada de auditar, investigar y sancionar a partidos y candidatos que infrinjan las normas de financiamiento.
Aunque la Maccih propuso que esta Unidad estuviera dirigida por un director o comisionado, al final quedó integrada por tres comisionados afines a los partidos políticos mayoritarios, el Nacional (oficialista), Liberal (centrista) y Libre (de izquierda).
Esta selección “ha sido cuestionada porque evidenció el nulo efecto veedor de la sociedad civil organizada y la distorsión de los principios de meritocracia en su nombramiento”, señala el Cespad.
Tampoco era parte de la iniciativa de la Maccih que esa Unidad quedara adscrita presupuestariamente al Tribunal Supremo Electoral (TSE), lo cual “ya crea un sesgo político”, se lee en el Diagnóstico de los sistemas de control del financiamiento político en los países del Triángulo Norte Centroamericano, realizado por el Instituto Nacional Demócrata (NDI) que, por otra parte, recomienda un cambio en la selección de comisionados para garantizar mayor independencia.
El TSE desapareció con la creación del Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE), mediante una reforma constitucional aprobada en 2019.
Un techo muy alto para los gastos
La Ley de Política Limpia también pone un techo a los gastos de los partidos en las campañas electorales con el fin de reducir las desigualdades y promover una competencia más justa.
Para el caso, en las elecciones generales de 2017, el límite de gastos de campaña para el nivel presidencial fue de 469.6 millones lempiras (unos 18.8 millones de dólares).
En ese orden, los gastos del candidato a la reelección por el Partido Nacional, Juan Orlando Hernández, fueron de 266.8 millones de lempiras (unos 11 millones de dólares); los del candidato del Partido Liberal Luis Zelaya, fueron 23.4 millones de lempiras (algo más de 987 mil dólares) y los del candidato de la Alianza, Salvador Nasralla, fueron 979 mil 808 lempiras (unos 41 mil dólares).
Aparte de las disparidades en lo invertido por los candidatos, “el techo de gastos resultó ser mucho mayor que la capacidad de recaudación de los contendientes, especialmente de los opositores”, señala el Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC).
Para las primarias de marzo de 2021, el límite de gastos que estableció el CNE fue de 554.2 millones de lempiras (23.4 millones de dólares) en el nivel presidencial.
El Cespad por su parte analiza que “pese a la creación de la UFTF, en los comicios generales del 2017 y en los primarios del 2021 persistieron los problemas estructurales que convierten al financiamiento político público y privado en un generador de competencia desigual, que distorsiona la voluntad popular y facilita la cooptación de la política por intereses privados de distintas características, empresariales y del crimen organizado”.
Financiamiento público lícito e ilícito
El financiamiento público de los partidos políticos se remonta al año de 1981, cuando la Asamblea Nacional Constituyente aprobó una nueva Ley Electoral, la primera de la era de transición democrática.
“Un aspecto positivo fue el establecimiento de la deuda política, o sea, el financiamiento público de las campañas electorales”, señala el documento La Reforma Política Electoral en Honduras.
Posteriormente, la Ley Electoral de 2004, que derogó a la de 1981, agregó las aportaciones privadas para campañas electorales de candidatos.
El financiamiento público es otorgado a los partidos políticos por dos vías, la primera es la deuda política que se calcula de conformidad con el número de votos válidos obtenidos en las elecciones generales. Estos recursos deben usarse estrictamente para fines de campaña y propaganda electoral.
Anteriormente, los votos válidos a tomar en cuenta eran los captados por los candidatos presidenciales, pero una reforma a la nueva Ley Electora aprobada el pasado 3 de agosto añadió también a las corporaciones municipales; es decir, que para calcular la deuda política se tomará en cuenta cualquiera de los dos niveles que haya sido el más votado.
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La segunda vía es el financiamiento público para actividades políticas, que se amplía con la Ley de Política Limpia y la nueva Ley Electoral.
Los partidos recibirán el 10% de la deuda política que hubieren recibido en las últimas elecciones generales, así como el 2% del total de los votos válidos en el nivel electivo de mayor votación, para actividades políticas específicas. Y también recibirán el 15% de la deuda política que hayan obtenido en las últimas elecciones generales para el fomento del liderazgo de la mujer.
De esta manera, desde el momento que han sido inscritos, los partidos políticos recibirán fondos del Estado para su capacitación.
“Si hay algo que realmente sirve para ocultar dinero a través de la liquidación es la capacitación”, dijo a Expediente Público el ex fiscal general Edmundo Orellana.
Los partidos políticos pueden poner “un programa amplísimo de capacitación en todo el país con facturas ficticias, con instructores ficticios y con gente que simplemente son activistas (…) y así se pueden hacer de mucho dinero sin ningún sacrificio”, consideró. De allí que a su juicio “esa ley electoral nueva más bien se presta para mayores sinvergüenzadas”.
Para el caso, en las pasadas elecciones primarias, los partidos Nacional y Liberal recibieron 13.7 millones de lempiras cada uno y Libre 16.1 millones de lempiras para capacitación de voluntarios en las mesas, según una fuente de la Unidad de Política Limpia.
Además del financiamiento lícito “pueden existir mecanismos de transferencia ilícita de fondos públicos a algunos partidos y campañas. Ello suele darse hacia los partidos oficiales y sus aliados”, señala el documento Impacto del financiamiento ilícito de campañas electorales en la democracia hondureña, del Centro de Documentación de Honduras (Cedoh).
En efecto, durante su funcionamiento en Honduras la Maccih presentó doce casos de investigación que evidenciaron la transferencia ilícita de recursos públicos a los partidos políticos.
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Uno de los más emblemáticos fue el caso Pandora, relacionado con el millonario desvío de al menos 282 millones de lempiras (cerca de 12 millones de dólares) de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) que iban destinados a proyectos en zonas empobrecidas del corredor seco de Honduras, pero terminaron pagando cuentas a partidos políticos y financiando tarjetas prepago con fines electorales y la campaña del Partido Nacional para la reelección de Hernández, entre otros usos del dinero público.
“La premisa es que la utilización de recursos públicos siempre pone en ventaja al partido de gobierno, generando disparidad en la competencia electoral”; sin embargo, Pandora reveló “el contubernio existente entre dos partidos políticos (uno de gobierno y otro de oposición) para extraer dinero público y luego repartirlo para sus respectivas campañas”, menciona el Instituto Nacional Demócrata (NDI) sobre la participación de personajes del Partido Liberal en ese caso de corrupción.